Inversión sostenible y responsable
5 min de lectura 18 mar. 21
Proteger el medioambiente, mejorar las condiciones de vida en todo el mundo y fomentar el buen gobierno corporativo son aspectos con los que estamos muy comprometidos como compañía, como gestora y como gran inversor. Es por ello que aplaudimos el plan de acción de la UE, que debería ayudar a promover el desarrollo de un mundo financiero sostenible con reglas uniformes.
Estamos convencidos de que la mayor concentración en la sostenibilidad representa una de las oportunidades del siglo para nuestra industria y para nuestros clientes. Así, hemos creado un amplio marco que abarca todos nuestros productos y procesos de negocio.
El nuevo Reglamento sobre divulgación de información de sostenibilidad financiera (SFDR) entró en vigor el 10 de marzo de 2021. Se enmarca en el exhaustivo programa regulatorio de la UE, dirigido a redirigir en mayor medida los flujos de capital hacia sectores económicos que operan de forma sostenible.
Entidades: artículos 3 a 5
Las entidades financieras deben incluir su enfoque de sostenibilidad en sus decisiones de negocio y de política y reflejarlo en sus informes. Esta obligación atañe a toda la firma.
Otros productos financieros: artículo 6
Los emisores deben explicar cómo integran posibles riesgos de sostenibilidad en sus decisiones de inversión. También deben evaluar el impacto probable de estos riesgos en la rentabilidad de la inversión. Si consideran que los riesgos de sostenibilidad no son relevantes para el producto en cuestión, deben explicar por qué.
El artículo 6 distingue entre dos subgrupos de productos:
Productos financieros que fomentan características medioambientales o sociales - Artículo 8
Los requisitos básicos del artículo 6 son aplicables.
Estos productos deben integrar factores ESG, el enfoque de inversión se concentra en la sostenibilidad y sus gestores aplican enfoques de talla mundial.
La metodología de medición de factores ESG y la medida en que se satisfacen también debe especificarse.
Productos financieros sostenibles con un impacto específico - Artículo 9
Los requisitos básicos del artículo 6 son aplicables.
Estos productos tienen como objetivo declarado generar un impacto positivo en el medioambiente y la sociedad con sus inversiones.
Deben informar sobre cómo lograrán este objetivo, qué metodologías emplean para medir el impacto y sus indicadores de sostenibilidad.
Con M&G Planet+ hemos dividido nuestros fondos en tres grupos en base a los criterios de los artículos 8 y 9 del SFDR: Impacto, Sostenibles y ESG+. Varios de nuestros fondos ya han recibido varias etiquetas ESG existentes en Europa. En M&G estamos bien posicionados para desempeñar un papel activo dando forma a un futuro sostenible para la industria financiera.
El valor y los ingresos de los activos del fondo podrían tanto aumentar como disminuir, lo cual provocará que el valor de su inversión se reduzca o se incremente. Es posible que no recupere la cantidad invertida inicialmente.
Categoría ESG | Clasificación1 | Fondo | Código ISIN | FNG Siegel | ISR Label | Towards Sustainability |
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Impacto | Art. 9 | N=I (Impacto) |
M&G (Lux) Positive Impact Fund | LU1854107221* | ✓ | ✓ | |
M&G (Lux) Climate Solutions Fund | LU2226639461* | ||||||
Sostenible | Art. 8 | N=E (ESG) |
M&G (Lux) Sustainable Allocation Fund | LU1900799617* | ✓ | ||
M&G (Lux) Global Select Fund | LU1670715207* | ✓ | |||||
M&G (Lux) Pan European Select Fund | LU1670716437* | ✓ | |||||
M&G (Lux) Global Listed Infrastructure Fund | LU1665237704* | ✓ | |||||
ESG+ | Art. 8 | N=E (ESG) |
M&G (Lux) Sustainable Global High Yield Bond Fund | LU1665235914** | ✓ | ||
M&G (Lux) Sustainable Emerging Markets Corporate Bond Fund | LU2008814357** | ||||||
Art. 6 | N=B (Básico) |
Los productos del artículo 6 pueden ser no ESG o básicos (con ESG integrada). Tenga en cuenta que en M&G nos proponemos integrar factores ESG en nuestra gama correspondiente al artículo 6. |