Brexit

4 min de lectura 25 jun. 21

En esta web queremos responder a algunas de sus preguntas más frecuentes sobre el Brexit. 

Si necesita información adicional, por favor póngase en contacto con su asesor financiero, su contacto habitual en M&G o envíenos un correo electrónico a info@mandg.es

1. ¿Qué preparaciones llevaron a cabo antes del Brexit?

Tras el referéndum sobre la UE de 2016, M&G tomó distintas medidas con el objetivo de minimizar cualquier trastorno a nuestros clientes, proteger sus intereses y ofrecer tanta seguridad y claridad como fuese posible, independientemente del resultado de las negociaciones del Brexit.

Entre ellas, creamos un nueva sede internacional en Luxemburgo: una entidad plenamente operativa y con todas las autorizaciones regulatorias que comercializa fondos tradicionales y alternativos y presta servicio a nuestros clientes en Europa, Asia y América.

En marzo de 2019, completamos el traspaso de los activos no denominados en libras esterlinas para la mayoría de los inversores de nuestra gama OEIC del Reino unido a fondos de nuestra SICAV luxemburguesa. Desde entonces, damos servicio a nuestros inversores internacionales y de la UE desde Luxemburgo, y a nuestros inversores británicos desde Londres.

La mayoría de nuestros fondos de inversión alternativa (FIA) ya estaban domiciliados en Luxemburgo o Irlanda, y su administración se realiza ahora desde nuestra sede luxemburguesa.

2. ¿Podrán seguir gestionando fondos comercializados en la UE desde el Reino Unido a partir de enero de 2021?

Sí.

Para los inversores de la UE y de otros países en fondos de SICAV y FIA, la Financial Conduct Authority (FCA) del Reino Unido, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) y las autoridades nacionales competentes han confirmado que los Memorandos de Entendimiento que permiten la continua delegación de las actividades de gestión de carteras son válidos a partir del 1 de enero de 2021.

Para nuestros clientes de la UE que han elegido a M&G Investments Management Limited (MAGIM) para gestionar mandatos o carteras segregadas, hemos tomado las medidas necesarias para seguir prestando dichos servicios. Entre ellas está la ampliación de los permisos regulatorios para nuestras entidades radicadas en la UE, así como el pasaporte de dichos permisos para las correspondientes jurisdicciones de la UE. 

3. ¿Podrán los inversores de la UE mantener su inversión en fondos británicos después del Brexit?

Para inversores domiciliados en la UE, es importante tener en cuenta que los fondos domiciliados en el Reino Unido han perdido  su estatus de «organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM)», o UCITS por sus siglas en inglés, lo que pude conllevar implicaciones para los inversores, incluyendo consecuencias fiscal. Todas nuestras estrategias relevantes para inversores domiciliados fuera de Reino Unido está disponibles como SICAV luxemburguesas equivalentes.

Para inversores institucionales domiciliados en el Reino Unido, el Régimen de Permisos Temporales de Comercialización (TMPR) de la Financial Conduct Authority  (FCA) permite a las empresas y fondos pertinentes que se acogen al pasaporte en el Reino Unido seguir operando temporalmente en el país tras la salida de este de la UE.

Por favor recuerde que puede ponerse en contacto con su distribuidor o contacto habitual en M&G España en cualquier momento para cualquier información adicional. 

Por M&G Investments

El valor y los ingresos de los activos del fondo podrían tanto aumentar como disminuir, lo cual provocará que el valor de su inversión se reduzca o se incremente. Es posible que no recupere la cantidad invertida inicialmente.

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